RECLAMACIONES
RECLAMACIONES
En el
caso de que decida Vd. interponer una reclamación ante las Administraciones de
Consumo competentes y lograr que su pretensión se vea satisfecha, puede
dirigirse bien a la Oficina Municipal de Información al Consumidor(O.M.I.C.) de
su localidad, o la Dirección General de Consumo
de su Comunidad Autónoma. La actuación de estas Administraciones se
inicia con una mediación con la empresa con la que Vd. mantiene una
controversia, con el fin de allanar posiciones de forma que se logre el
resultado mas satisfactorio para ambas partes
En
muchas de estas oficinas encontrará un modelo de formulario, que le orientará
sobre cómo efectuar la reclamación, aunque bastará con que exponga de forma
clara lo que pretende e identifique, tanto a la empresa reclamada como a Vd.
mismo, sin sujeción a ninguna formalidad.
Igualmente,
por imperativo legal, los establecimientos deben tener a su disposición un
modelo específico de Hoja de Reclamaciones. Este instrumento facilita a los
consumidores y usuarios la posibilidad de formular sus reclamaciones en el
propio establecimiento donde se producen los hechos, sin que esto sea obstáculo
para presentar la reclamación ante las Administraciones de Consumo.
Con
independencia de ello, a través de estos servicios de las Administraciones de
Consumo, Vd. puede recibir una información adecuada sobre los derechos que le
asisten y las posibilidades de ejercicio de éstos y, en general, cualquier
información relacionada con el ámbito de consumo.
En
algunos casos, la reclamación que formule servirá de punto de partida para el
inicio de las actuaciones tendentes a determinar la existencia o inexistencia
de supuestos de hecho sancionables administrativamente.
También
puede recurrir a las Asociaciones de Consumidores y a otros Organismos para
ciertos sectores específicos.